DECISIÓN
Por las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara INADMISIBLE, la acción de amparo incoada por el Abogado Lenin Daniel Méndez Verastegui, obrando con el carácter de Defensor de Confianza del ciudadano Luis Fernando Alcalá Lugo, por haber cesado la violación del derecho constitucional, de conformidad al artículo 6 numeral 1º de la Ley Orgánica sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y así se decide. Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, en San Felipe a los Dieciocho (18) días del Mes de Diciembre de Dos Mil Quince (2015). Años: 205º de la Independencia y 156° de la Federación.
Los Jueces de la Corte de Apelaciones
ABG. DARCY LORENA SÁNCHEZ NIETO
JUEZA SUPERIOR PROVISORIA PRESIDENT.....