Por todo el razonamiento tanto de hecho como de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO:"CON LUGAR" el Recurso de Apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandada contra la sentencia de fecha 03 de noviembre de 2008, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Se REVOCA el fallo recurrido en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia se REPONE la causa al estado de fijar nueva oportunidad para celebrar la audiencia preliminar, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y otros conceptos derivados de la relación de trabajo, tiene incoado el ciudadano LUIS NAPOLEON AGUILAR, contra la empresa CONSTRUCTORA LONARCA, C.A.....