Visto que fue aprehendido el penado WILFREDO JAVIER NOGUERA MORENO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 16.039.834, mayor de edad, soltero, obrero, natural de El Vigía Estado Mérida, quien fue sentenciado a cumplir la pena de DIECISEIS (16) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COOPERADOR , previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos JUAN JOSE VECINO, SUSANA VECINO Y ARIADNA PEREDA; PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD, previsto y sancionado en el artículo 175 del Código Penal, y COOPERADOR INMEDIATO EN EL DELITO DE VIOLACION, previsto y sancionado en el artículo 375 del Código Penal, en perjuicio de las ciudadanas: ARIADNA PEREDA Y SUSANA VECINO. Este Tribunal, observa:
De conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución N° 01, Ordena elaborar Cómputo Actualizado para verificar el cum.....