Por las razones que se expusieron, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 31, 33 y 36 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en concordancia con el artículo 134 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, declara INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo de nulidad, interpuesto por las abogadas Milena Aristimuño del Valle y Marielviz Josefina Oropeza Vargas, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 54.818 y 209.468, respectivamente, actuando en su condición de apoderadas judiciales del ciudadano Edgar Alejandro Reyes, contra la Providencia Administrativa N° 0264/2013 dictada por la Inspectoría del Trabajo del estado Yaracuy, en fecha 21-06-2013, toda vez que no presentó la copia certificada de la boleta de notificación y/o de la dili.....