este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALEMENTE CON LUGAR la demanda de cobro de prestaciones sociales y demás conceptos laborales interpuesta por el ciudadano MIGUEL ANGEL AVILA ALVARADO, titular de la cédula de identidad N° 9.634.036, en contra de la empresa COLORIFICIO PORDECAR C.A y solidariamente a la empresa INVERSIONES ADESERCA C.A., y a los ciudadanos SIRIO FEBRES, JOSE TOMBAZZI, GERARDO TOMBAZI, BLANCA LUQUE, JOSE GONZALEZ, VICTOR DAMASO, ambas partes plenamente identificadas en autos.
SEGUNDO: En consecuencia se condena a la parte demandada COLORIFICIO PORDECAR C.A y solidariamente a la empresa INVERSIONES ADESERCA C.A., y a los ciudadanos SIRIO FEBRES, JOSE TOMBAZZI, GERARDO TOMBAZI, BLANCA LUQUE, JOSE GONZALEZ, VICTOR DAMASO a pagar al demandante la cantidad de TRESCIENTO.....