Por los razonamientos anteriormente expuesto este Tribunal de Juicio N°1 Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad a lo previsto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal norma supletoria que rige a esta materia especial acuerda ampliar el régimen de presentación periódica de la adolescente R. de los Á. Ochoa Rodríguez, titular de la Cédula de Identidad N° 20.464.573 plenamente identificada en autos, cada 08 días de acuerdo a lo previsto en el artículo 582 literal "c" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente