De acuerdo a las consideraciones expuestas este Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR la demanda por DESALOJO DE INMUEBLE, basada en el artículo 34.a) y c) de Ley de Arrendamientos Inmobiliarios incoada por el ciudadano PEDRO JOSÉ YÁNEZ DAL, asistido de la abogada en ejercicio de su profesión, ciudadana Yraima Yánez Dal, contra el ciudadano HUMBERTO AMADO MÉNDEZ AULAR, representado por los abogados en ejercicio de su profesión Elio José Zerpa Isea y Robert José Zerpa Tovar.