Dispositiva.
Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: Primero: La inadmisibilidad de la demanda por inepta acumulación de pretensión, teniéndose Con Lugar, la cuestión previa contenida en el ordinal 11 del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil; Segundo: Con Lugar, el recurso de apelación interpuesto por el abogado en ejercicio José Amadeo Salas Jaimes, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, sociedad mercantil "Nefrológico Maturín, C.A", representada por los ciudadanos Salvador del Carmen Ferraro Díez y Lourdes Violeta Ramírez Ovalles, en el Juicio que con motivo de Desalojo de Local Comercial, tiene incoado en su contra de las ciudadanas.....