DECISIÓN
En consecuencia, por lo antes señalado este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, "Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley" DECRETA LA LIBERTAD PLENA POR CUMPLIMIENTO DE PENA al penado MELVIS ALAN MUJICA MAMACARO, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la calle 30, entre avenidas 8 y 9, casa N° 8-56, Municipio Independencia, Edo. Yaracuy, titular de la Cédula de Identidad Nro. 16260582, de conformidad con lo previsto en el Artículo 44 Ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en relación con los Artículo 498 y 479 numeral 1° ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud del cumplimiento de la pena impuesta al penado antes identificado. Remítase copia del presente auto a las partes. Déjese transcurrir el lapso legal con la finalidad de la correspondiente desincorporación del presente asunto del Tribunal, darlo por terminado informaticam.....