En consecuencia, considera este Tribunal, de conformidad con el aparte último del artículo 11 del Código de Procedimiento Civil, exigir al solicitante de la inspección judicial, dada su naturaleza no contenciosa, que amplíe la prueba relativa a la Carta Agraria, aportando el original o en su defecto copia certificada de la misma, suspendiéndose hasta tanto lo relativo a la admisión de la solicitud de inspección judicial presentada.