DECISIÓN
En fundamento a lo anteriormente expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con los artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, PRIMERO: Se declara PERIMIDA LA INSTANCIA EN EL PRESENTE JUICIO, por haber transcurrido más de un (01) año sin que la parte impulsara el proceso, conforme a lo previsto en el en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.SEGUNDO: Se levanta la MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre un (01) bien inmueble,las bienhechurías constituidopor una parcela de terreno y la unidad de vivienda sobre ella construida, distinguida con el N°559, Ubicada en la Manzana N°9(M-9)de la urbanización denominada "CONJUNTO RESIDENCIAL LAS TRINITARIAS", Ubicada en la carreter.....