Con fundamento a lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO el presente ACUERDO TOTAL y que como consecuencia de ello quedan obligados los ciudadanos: CARLINA ISAMAR ALVAREZ GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V- Nº V- 26.830.613, y de este domicilio y LUIS DANIEL SANCHEZ GUEVARA , venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V.- 26.631.359 y de este domicilio, en cumplir con el pago de la obligación de manutención a favor de sus hijos, los niños (identidad omitida) así:
Primero: El Padre cumplirá la obligación de manutención en forma semanal, iniciando el pago a partir del día viernes 15 de noviembre de 2024, aportando la cantidad de QUINCE DÓLARES ESTADO UNIDENSES (15,00 USD) o su equivalente en bolív.....