ESTE TRIBUNAL DE CONTROL N° 07, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE PRESENTE LA CAUSA, a favor de NAYO TREJO y PERSONA POR IDENTIFICAR, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES, previsto y sancionado en el Código Penal venezolano, en perjuicio de la ciudadana ANA GRACIELA SANJUAN SANCHEZ, Colombiana, mayor de edad, con cédula de identidad N° 60.423.772, domiciliada en el Barrio la Victoria, Calle Principal, casa N° 2-68, El Vigía Estado Mérida, de conformidad con el artículo 318 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Remítase en su oportunidad legal al Archivo Judicial del Estado Mérida, a los fines de su guarda y custodia. Para la notificación del ciudadano: NAYO TREJO, se ordena que la boleta de notificación sea publicada a las puertas del Tribunal, de conformidad con lo e.....