Ahora bien, a los fines de dar por terminado el presente proceso y en virtud de lo antes expuesto, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, IMPARTE SU APROBACIÓN de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil y HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, suscrita por las partes, abogado LENIN JOSÉ COLMENAREZ LEAL, inscrito en el Inpreabogado según matricula Nº 90.464, actuando en su carácter de apoderado judicial de BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A. Sociedad Mercantil, identificada en autos, parte demandante e "INVERSIONES STELLA C.A." domiciliada en la ciudad de San Felipe, estado Yaracuy, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en fecha 15 de diciembre del año 2004, bajo el Nº 39, tomo 246-A, mo.....