Este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento, con aplicación del criterio constitucional interpretativo, fundamentado en el artículo 185 del Código civil, motivado a la separación de hecho de mutuo acuerdo, demandada por los ciudadanos ODAISY BEATRIZ GONZALEZ BAEZ y YUNIOR JOSUE ACUÑA SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de la cédula de identidad No. 19.503.7367 y 19.319.273, respectivamente, domiciliados en El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida, Como consecuencia de la anterior declaratoria, se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre ellos, contraído en .....