PRIMERO: SE TIENE COMO NO CONSIGNADO EL ESCRITO DE CONTESTACIÓN A LA DEMANDA, presentado por el abogado ROGER ALEJANDRO RENDON FALCÓN, Inpreabogado N° 247.896, en su carácter de defensor judicial de la ciudadana MARMOL MIREYA y de los herederos desconocidos los codemandados ANA TERESA DIAZ MARMOL, ALICIA MARGARITA MARMOL DE YEPEZ, BLANCA BEATRIZ MARMOL y ANA TERESA MARMOL, identificados en autos.
SEGUNDO: LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de designar un nuevo defensor judicial de la parte codemandada ciudadana MARMOL MIREYA, y de los herederos desconocidos los codemandados ANA TERESA DIAZ MARMOL, ALICIA MARGARITA MARMOL DE YEPEZ, BLANCA BEATRIZ MARMOL y ANA TERESA MARMOL, identificados en autos, que cumpla con el mandato para lo cual es designado que no es más que velar por el derecho a la defensa de la parte codemandada ciudadana MARMOL MIREYA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 1.727.870, quien no pudo ser emplazada y no para que desmejore su derecho d.....