´-III-
DECISIÓN
Por todas las consideraciones antes expuestas; este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara oficiosamente la PÉRDIDA SOBREVENIDA DEL INTERÉS POR ABANDONO DEL TRÁMITE de la MEDIDA PREVENTIVA –sin juicio- incoada por el ciudadano MIGUEL VERA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.701.991. Y así se decide.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior se ordena el archivo y cierre del presente expediente, así como su remisión al Archivo Judicial mediante oficio.
No hay condenatoria en costas en virtud a la naturaleza de la decisión.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe, a los diecinueve (19) días del mes de diciembre de dos mil veinticinco (2025). Años: 215.....