esta Corte de Apelaciones, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA NULIDAD ABSOLUTA de la sentencia de fecha 16 de Junio de 2008 y publicados sus fundamentos en fecha 27 de junio de 2008, inserta en la causa principal de numero UP01-P-2005-001048, en la cual se ABSUELVEN a los ciudadanos JHONATAN SEBASTIAN PÉREZ SIMANCA y MARCEL SANDY BLANCO MENESES, de la comisión del delito de aprovechamiento de cosas provenientes del delito de hurto. Previsto u sancionado en el artículo 470 del Código Penal vigente.
En consecuencia de la nulidad absoluta decretada se repone la causa al estado de la celebración de un nuevo juicio oral y publico, por un juez distinto al que dicto la sentencia definitiva que hoy se anula mediante este fallo, con prescindencia del vicio detectado.