En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de CUSTODIA, incoado por incoada por la Fiscal Séptima del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Abg. EUNICE ADELYN CEDEÑO GARCIA, con competencia en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a solicitud del ciudadano LUIS MIGUEL SOTO NIETO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-22.314,189, domiciliado en el sector San José, carrera 20, entre calles 17 y 19, s/n, Frente a la Urbanización Eduardo Lapi, Municipio Peña, estado Yaracuy, en beneficio de la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA , nacida el 20/12/2016, de ci.....