En virtud de las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Se HOMOLOGA el acuerdo alcanzado entre las partes y en consecuencia se declara terminado el presente juicio de COBRO DE BENEFICIOS LABORALES, incoada por los ciudadanos CARLOS ENRIQUE NOGUERA; ALEXANDER JOSE APARICIO; ABRAHAN JOSE BERMUDEZ; RAMON ELADIO PINEDA; BENIGNO LOPEZ; ALFREDO RAFAEL ASUAJE E ISIDRO RAMON TORREALBA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-12.082.863; V-12.936.226; V- 7.358.591; V-828.825; V- 10.373.683; V- 8512.129 y V- 4.967.377, respectivamente, en CONTRA del MUNICIPIO BRUZUAL DEL ESTADO YARACUY. SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS. TERCERO: El Tribunal se reserva el lapso establecido en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la publica.....