Tal como estaba prevista la realizacion de la audiencia preliminar para el dia de hoy , la cual no se realizo por que al verificar la asistencia por parte del tribunal constato la incomparecencia de la parte demandada y por ser este un ente publico estadal que goza de prerrogativas su incomparecencia no acarrea la admision de los hechos sino su negativa o un rechazo a conciliar ,razon por la cual se da por concluida la audiencia preliminar se ordena en este mismo acto la incorporacion de las pruebas presentadas por la parte actora al expediente y se remiten a juicio el presente expediente para que el juez o jueza de juicio prevea lo que considere pertinente. Asi se Decide.