este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos EDUARDO MANUEL GONZÁLEZ y GLADYS COROMOTO CASTELLANO GALÍNDEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.963.370 y V-7.554.490, respectivamente, ambos de este domicilio, asistidos por la Abogada KELLY ALEJANDRA MELÉNDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 129.720. En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial, contraído por los prenombrados cónyuges, en fecha 15 de Diciembre del año 1.979, ante el Registro Civil del Municipio Independencia, Estado Yaracuy, según copia certificada del acta de matrimonio Nro. 138