Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Transito, Bancario y Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, declara Con Lugar la apelación ejercida por el Abogado JOSE MANUEL ROJAS. Con el carácter acreditado en autos, contra la sentencia dictada por el Juzgado primero de Primera Instancia en lo civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, de fecha 04 de noviembre de 2.005, que declaró la inadmisibilidad de la acción de amparo intentada ..
En los términos expresados queda REVOCADA la sentencia apelada. Como consecuencia de la referida revocatoria de ordena al Tribunal de la causa, el tramite correspondiente de admisión de la presente acción de Amparo Constitucional.-
Publíquese, regístrese y bájese el expediente.
El Juez Temporal,
Abg. David Rondón Jaramillo
La...
Secretaria Temporal,
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