DISPOSITIVO.
Por los razonamientos expuestos en la parte motiva de este fallo, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia y por autoridad de la Ley, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos IVAN RAMÓN CHIRINOS Y CARMEN LEONOR PIÑERO NAVARRO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V- 5.709.942 y V- 6.735.221, respectivamente, en fecha veinticuatro de marzo de mil novecientos setenta y tres (24/03/1973), por ante el Secretario Accidental del Despacho de la Prefectura Civil del Distrito Mauroa del Estado Falcón, de acuerdo a la copia certificada de Acta de Matrimonio, la cual se encuentra inserta en el folio número dos (02), tres (03) y cuatro (04) de este .....