Con relación a las pruebas consignadas por la parte accionada, y referidas como: "CAPITULO I", este Tribunal admite las referida prueba, ello en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. En cuanto a la referida como: "CAPITULO II PRUEBA DOCUMENTAL" este Tribunal admite las referida documental la cual riela al folio (30), ello en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. CAPITULO III TESTIMONIAL": Este Tribunal fija el tercer (3er.) día hábil de Despacho siguiente al día de hoy, a las once (11:00 a.m.) de la mañana, para que tenga lugar el acto de declaración del testigo ciudadana MILAGROS ANDREINA MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-21.184.910, quien responderá al interrogatorio que le formularan las partes. El promovente de la prueba tendrá la carga de presentarlo el día y la hora señalados por el Tribunal. Con relación a las pruebas consignadas por la parte demandante, el Tribunal estando en la.....