DECISIÓN.
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la Inhibición formulada por el Abogado CRUZ MANUEL ANZOLA, actuando en su condición de Juez del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en el asunto UP11-V-2018-000557, relativo al procedimiento de RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR y OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, interpuesta por el ciudadano PEDRO AGUSTÍN DOMÍNGUEZ OJEDA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 17.255.960, contra la ciudadana JENNY KARINA MARTÍNEZ ACEVEDO, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 18.7.....