DISPOSITIVA.
Por las razones de hecho y de derecho ya analizadas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Estado Mérida, en funciones de Control N° 02, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO: APRUEBA EL ACUERDO REPARATORIO A PLAZOS, celebrado entre el imputado RODOLFO ENRIQUE RAMIREZ HERMOSO, ut supra identificado y la víctima, ciudadano CARLOS ANDRES PETIT, en los términos planteados en la audiencia, y como consecuencia de ello, y de conformidad con lo establecido en el artículo 41 del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda SUSPENDER EL PROCESO en la presente causa, para reanudarse nuevamente en fecha 17 de junio de Dos Mil Seis, a las nueve horas de la mañana (9:00 a.m), para lo cual quedaron todas las partes a derecho en la audiencia. Cúmplase, Publíquese, Regístrese, y agréguese la presente decisión en original a las actuaciones. En Mérida, a los veinte (20) días del mes de junio de.....