Vista la Admisión de los hechos realizada por el acusado de autos JOSE GREGORIO HERNANDEZ LUCES, se ACORDO LA SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO por un lapso de UN (01) AÑO contados a partir del día 19-06-2014. Imponiéndolo de las siguientes obligaciones: 1.- Realizar un donativo de Dos (02) resmas de papel, tamaño oficio ante la Dirección Administrativa Regional del Estado Monagas (D.A.R), ubicada en la calle Carlos Molhe, Edificio Soucre, 2do. Piso. 2.- Mantener las presentaciones, las cuales se le extendieron a cada 45 días por ante el Departamento de Alguacilazgo de esta Sede Judicial. 3.- Mantener un trabajo y domicilio estable.- 4.- No portar arma de fuego.