este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR LA CONVERSIÒN DE SEPARACION DE CUERPOS EN DIVORCIO solicitada por los ciudadanos MARIA DE LOS ANGELES ORTIZ COLMENAREZ y RAFAEL SEGUNDO COLOMBO MORALES, quienes son venezolanos, mayores de edad y portadores de las cédulas de identidad N°s. 18.547.733 y 16.002.263, respectivamente y en consecuencia de conformidad con el Artículo 185 del Código Civil, primer aparte, DECLARA: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído entre los solicitantes, el día veintiuno (21) de Febrero del año 2009, por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy, según Acta de Matrimonio Nº 04 del Libro de Matrimonios llevado por ese Despacho para el año 2009.