En razón de las anteriores consideraciones, el Tribunal niega la admisión de la solicitud de reconocimiento de contenido y firma con el objeto de preparar la vía ejecutiva de conformidad con el artículo 631 del Código de Procedimiento Civil, intentada por la ciudadana ESTHER MARÍA GONZÁLEZ de MÁRQUEZ, asistida del abogado en ejercicio de su profesión Gerardo Enrique Márquez, contra el ciudadano YOVANE ALBERTO MELÉNDEZ MUÑOZ, y así se declara.