este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: conceder AUTORIZACION JUDICIAL al ciudadano YORMAN EDUARDO PACHECO MOGOLLON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.379.439, domiciliado en la Urbanización Sabanita II, casa Nº 17, municipio Peña, estado Yaracuy; para que en nombre y representación de su hijo el niño (IDENTIDAD OMTIDA SEGUN ARTICULO 65 DE LOPNNA) de un (01) año de edad, proceda a cobrar a favor de él, la suma de dinero que le correspondía a su madre, ciudadana DAYANA ANDREINA CASTILLO PARRA quien se identificaba con el Nº de cedula de identidad 17.156.319, quien falleció en fecha 03 de abril de 2012; por Seguro de Vida, Prestaciones Sociales, por haber prestado sus servicios en la E.I.B Nir.....