Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
• LITISPENDENCIA en la presente solicitud demanda de AUTORIZACION JUDICIAL PARA VIAJAR, interpuesta por el ENDERSON JAVIER MORA HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula d identidad Nº V-19.818.801 en contra de la ciudadana REBECA CAROLINA MARQUEZ GUILLEN, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 19.818.469 TERMINADA la presente demanda de AUTORIZACION DE VIAJE , quedando extinguida la misma; en consecuencia se ordena el cierre y archivo del expediente, así como la devolución de los documentos originales consignados. Se ordena librar oficio al Tribunal Primero de Primera Instancia de Protección de Mediación y Sustanciación de Prot.....