Por todos los fundamentos expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley,
DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de REIVINDICACIÓN intentada por la ciudadano PETRA CECILIA SILVERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.860.342, debidamente asistida por el abogado LUIS PIÑA VIÑALES, Inpreabogado Nº 118.989, contra la ciudadana IRANIS DEL VALLE FIGUEROA PARRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.964.686.
SEGUNDO: De conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte perdidosa.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICAS.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Me.....