DISPOSITIVA
En merito de lo antes expuesto este Tribunal Cuarto de Primera Instancia Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECRETA: Primero: La aprehensión del Ciudadano: Juan de la Cruz Figueredo, titular de la cédula de identidad número 3.328.222 y presuntamente domiciliado en la Calle el Bolsillo, casa S/N, Temblador Estado Monagas, solo a fin de ser impuesto de la decisión dictada por el Extinto Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal del Estado Monagas en fecha 30 de Junio del año 1.998, por la presunta comisión del delito de Hurto Calificado, previsto en el ordinal 3° del artículo 455 del Código Penal vigente para el momento de la comisión del hecho punible, por ante todos los organismos de fuerza pública, para lo cual se remitirá oficio a todos los organismos de Seguridad. Segundo: Una vez aprehendido el mencionado ciudadano ponerlo de inmediato a la orden de este Tribunal. Re.....