PRIMERO: Este Juzgado de Alzada, se declara COMPETENTE para conocer, sustanciar, tramitar y decidir el presente recurso contencioso de abstencion y carencia conjuntamete con medida de proteccion agroalimentaria. ASÍ SE ESTABLECE.-
SEGUNDO: SE ADMITE la medida de proteccion agroalimentaria en cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo establecido por el legislador en los artículos 156 y 157 y 196 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.Es por lo que este Juzgado pasa a ordenar la apertura de un cuaderno separado de medida de protección agroalimentaria, a fin de que se sustancie lo concerniente al asunto planteado, debiéndose encabezar el mismo con copia certificada de la presente decision. ASI SE DECIDE.-
TERCERO: Dada la solicitud de Medida Proteccion Agraroalimentaria y la URGENCIA del caso se habilita el tiempo NECESARIO y se fija inspeccion judicial para el dia veintidos (22) de Noviembre del 2025, a las ocho y treinta (08:30am) de la mañana, se ordena librar los o.....