Esta Corte De Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: Primero: Decreta de oficio la Nulidad Absoluta de la audiencia preliminar celebrada en fecha 24 de octubre de 2012, en el asunto principal alfanumérico UP01-P-2011-005861, por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 5 de este Circuito Judicial Penal y de todos los actos consecutivos que del mismo emanen o dependieren, de conformidad con los artículos 191 y 196 del Código Orgánico Procesal Penal, reponiéndose la causa a la celebración de una nueva audiencia preliminar ante un Juez de Control distinto a aquél que celebró la audiencia aquí anulada, prescindiendo de los vicios que dieron lugar a la presente nulidad de oficio. Segundo: Se mantiene la medida de privación judicial preventiva de libertad decretada al ciudadano JOSÉ RAFAEL ORDOÑEZ HERRERA.