este juzgador, considera que efectivamente se evidenciaban errores de fondo en la experticia complementaria del fallo impugnado, asimismo se corrobora que de los dos informes presentados el que se encuentra a justado a derecho es el realizado por la Licenciada Deissy Yovera, en virtud de que el computo efectuado por la licenciada Gisela Ramos, se evidencia que presenta errores en su informe pericial.
Revisado y Calculado como fue los montos condenados y verificado dicho computo este juzgador, considera ajustado a derecho el informe pericial de revisión presentado por la experto contableDeissy Yovera, por lo que se deja sin efecto la experticia complementaria del fallo efectuada por el Banco Central de Venezuela, y se tiene como complemento de la sentencia la experticia presentada, quedando el monto indexado a pagar por la parte demandada SOCIEDAD MERCANTIL MOLINOS VENEZOLANOS (MOLVENCA), el cual deberá pagar a la parte demandante Cesar Enrique Escobar Uriche, de TREINTA Y NUEV.....