este Juzgado acuerda de conformidad oficiar al Banco Industrial de Venezuela, Agencia San Felipe, a los fines de que la ciudadana ERIKA JOSMIR BARAZARTE CALDERÓN, titular de la cédula de identidad N° 13.096.068 sea autorizada para retirar los montos que existan en la cuenta de ahorros de esa entidad que está a nombre de la prenombrada ciudadana en representación de la niña Identidad omitida de conformidad con el Artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, signada con el Nº 0003-0037-30-0100349903, y que dicha cuenta sea cerrada, asimismo se acuerda designarla Correo Especial para que traslade el prenombrado oficio al referido Banco, asimismo acuerda el cierre y archivo del presente expediente y su remisión al Archivo Judicial,.