sta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA HOMOLOGAR en sus propios términos dicho convenimiento, de conformidad con los artículos 315 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada.
En tal virtud, el ciudadano Carlos Eduardo Peña Barrios, tendrá un régimen de convivencia familiar de la siguiente manera: "Se fija para el día sábado a partir de las 3:00 p.m, hasta las 7:30 p.m, para que el padre busque a sus hijos, siempre y cuando el padre no tenga alguna actividad laboral, de tenerla debe avisarle a la madre con anticipación, igualmente buscara a sus hijos los días domingos de todos las semanas a partir de las 9:00 a.m, hasta las 2:00 p.m, de no tener ninguna actividad, puede el padre previa conversación con la .....