ORDEN DE ABRIR EL JUICIO ORAL Y PRIVADO
Se ordena la Apertura a Juicio Oral y Privado, en consecuencia el enjuiciamiento del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), de conformidad con lo establecido en el artículo 579 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE AUTORIA, previsto y sancionado en el Artículo 406 ordinal 1º del Código Penal Vigente, en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de MARWIN MARCEL MARCANO.
PROCEDENCIA O RECHAZO DE LA MEDIDA CAUTELAR
Este Tribunal hace las siguientes consideraciones: El Ordenamiento Jurídico Internacional, acogido por el Ordenamiento Interno Venezolano , como es Las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de Justicia de Menores ( Reglas de Beijing ) ordena en su artículo 17 lo siguiente: "Principios Rectores de la Sentencia y la Resolución . 17.1. La decisión de la autoridad competente se ajustará a los siguientes principios: a) .....