IV
DISPOSITIVA
Por los razonamientos que anteceden este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en Sede Constitucional y de conformidad con lo preceptuado en los artículos 2, 26, 47 y 49, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de lo preceptuado en el artículos 6 numerales 2 y 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, declara: INADMISIBLE la presente acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano ORLANDO RAFAEL GONZALEZ MAITA, C.I., V.- 11.519.972, representado por su Apoderado ARGENIS DEL VALLE VILLANUEVA INPREABOGADO No. 37.759, parte accionante, en contra de la ASOCIACIÓN CIVIL DE TRANSPORTE SOCIALISTA BICENTENARIO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS AVANCES Y COLECTORES LOS HIJOS DE DIOS, en la persona de los ciudadanos ANDRES PEREZ, ARQUIMEDES MOTA, FABIAN MORENO, VILMA ARIAS, CRISTIAN URQUIA, TERESA MATA, E.....