D E C I S I Ó N
Por todos los fundamentos expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, efectuada por la ciudadana ALICIA MARÍA LÓPEZ, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, y titular de la cédula de identidad Nº 7.550.691 y el ciudadano ARNOLDO JOSÉ ROSALES FALCÓN, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad Nº 5.456.564, asistidos del abogado DOUGLAS EMILIO DÍAZ LÓPEZ, inscrito en el Inpreabogado con la matrícula Nº 154.812. En consecuencia, se DECRETA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía y contraído entre ellos, en fecha 4 de septiembre de 2009, ante el Registrador Civil del Municipio Independencia del Estado Yaracuy, según se desprende del act.....