En vista de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara CON LUGAR La solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, de los ciudadanos JUAN ANTONIO D´ALFONZO MARCANO, JANNY LORENA D´ALFONZO GONZÁLEZ, GENNI LORENA D´ALFONZO GONZALEZ, GIOVANNI JOSE D´ALFONZO GONZÁLEZ y LORIANNA GIONNAYRIS D´ALFONZO VELÁSQUEZ, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los Artículos 501 del Código Civil y lo pautado en el Artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, y previo los trámites de Ley se ordena al Registrador Civil del Municipio Bolívar, del Estado Monagas y al Ciudadano Registrador Principal del mismo estado rectifique el Acta de Nacimiento de los ciudadanos JUAN ANTONIO D´ALFONZO MARCANO, JANNY LORENA D´ALFONZO GON.....