se ADMITE cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena emplazar mediante cartel de notificación, con entrega de compulsa, a la empresa INDUSTRIA AZUCARERA SANTA CLARA, , C.A., en la persona del ciudadano: SUHEL TULMAN venezolano, mayor de edad, y representado judicialmente por el abogado PEDRO BOISSIERE venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.519.694, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 79.686, con domicilio en la siguiente dirección: CARRETERA PANAMERICANA, SECTOR CARBONEO, SAN FELIPE, ESTADO YARACUY, a fin de que comparezcan por ante el Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Yaracuy, asistidos de abogado o representados por medio de apoderado, a las DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 A.M.) del décimo (10º) día hábil siguiente, posterior a la constancia en autos de la ultima notificación, a los efectos de que tenga lugar la Audiencia Pre.....