Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Peña de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con sede en Chivacoa, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SU INCOMPETENCIA para conocer de la solicitud de Divorcio suscrito y presentado por la ciudadana YRIS COROMOTO MUJICA HEREDIA venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-11.649.644, debidamente asistida en este acto por la abogada en ejercicio Zoran García, quien está inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 101.723, Defensa Publica en Competencia en Materia Civil, Mercantil y Transito del estado Yaracuy, contra el ciudadano LUIS HAIDEMAR SANCHEZ MUJICA, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° V-13.314.167 y en consecuencia, se acuerda la remisión del presente expediente mediante oficio al Tribunal Distribuidor de Municipio Ordinario y Ej.....