Por las consideraciones anteriormente explanadas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar, Manuel Monge y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, incoada por los ciudadanos MARITZA DEL CARMEN ROSENDO MELENDEZ, KLAYDELIS BETZALITH PEREZ ROSENDO y KLEIMER MANUEL PEREZ ROSENDO, titulares de las cédulas de identidad Nos: V-10.858.274, V-18.877.955 y V-18.877.954, respectivamente, contra los ciudadanos PEDRITA DEL CARMEN MELENDEZ DE ROSENDO, ANIBAL SEGUNDO ROSENDO MELENDEZ, RAMON ANTONIO ROSENDO MELENDEZ y PEDRO MANUEL ROSENDO MELENDEZ, titulares de las cédulas de identidad Nos: V- 4.477.266, V-7.551.364, 8.516.930 y V-10.858.276, respectivamente
SEGUNDO: Téngase de conformidad con lo preceptuado en los artículos 444 y 450 del Código de Procedimiento.....