DISPOSITIVA
Con fundamento en los anteriores razonamientos, este Tribunal Unipersonal de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal de Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA al ciudadano MERVIN ANTONIO WELFER RIVAS, venezolano, nacido en fecha 09/12/82, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 17.254.446, residenciado en Calle 25 con Avenida 08, Casa N° 24-36, Municipio San Felipe, Estado Yaracuy, a cumplir la pena de Ocho (8) años de prisión, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el Artículo 31, encabezamiento, de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y se le condena a cumplir las penas accesorias de Ley, según se desprende del Artículo 16 del Código Penal.
No se condena en costas de conformidad con lo establecido en el Artículo 272 del Código Orgánico.....