Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PROCEDENTE la solicitud de TITULO SUPLETORIO, formulada por el ciudadano RAFAEL PACHECO CORDERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.501.419, de este domicilio, debidamente asistida por el Abogado OSMONDY CASTILLO SANCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 56.246, en su condición de Defensor Publico Primero en materia agraria, por existir razones suficientes y visto el contenido de las declaraciones dadas por los testigos promovidos y evacuados, en consecuencia se DECRETA: TITULO SUPLETORIO de DOMINIO a favor del ciudadano RAFAEL PACHECO CORDERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.501.419, de este domicilio, debidamente asistida por el Abogado OSMONDY CASTILLO SANCHEZ, inscrito en el In.....