UNICO: En la parte Dispositiva del fallo específicamente en el particular CUARTO al momento de ordenar la notificación de las partes se ordenó la notificación del Procurador General del Estado Monagas siendo que la entidad de trabajo beneficiaria del acto Administrativo no forma parte de los entes que conforman el Estado Monagas por lo que sea de obligatorio cumplimiento su Notificación, es por lo cual este Tribunal a los fines de garantizar la seguridad Jurídica y el debido proceso en todo estado y grado de la causa, en pro de una Justicia transparente y expedita procede a dejar sin efecto el oficio signado con el N° 105-2025, de fecha de 16 de Julio de 2025, dirigido al Procurador General del Estado Monagas, en virtud que el mismo no es parte en el presente proceso. Aclaratoria que se hace a los fines legales consiguientes. Cúmplase.-.