DISPOSITIVO
Por las razones aquí expuestas, esta Corte de Apelaciones, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la inhibición presentada por la Abogado Jenny Andaluz Affigne, en su carácter de Jueza de Primera Instancia en funciones de Ejecución Nº 1, en el asunto UP01-P-2016-000517, debiendo por consecuencia la juez inhibida seguir conociendo de la causa signada con el alfanumérico UP01-P-2016-000517.
Dada, Firmada, sellada y refrendada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy a los veintiún (21) días del mes de Agosto de 2018. Años: 208° de la Independencia y 159° de la Federación. Regístrese. Publíquese y Notifíquese de la presente decisión a la Juez Inhibida y al Tribunal que se encuentra conociendo de la causa.
Los Jueces de la Corte de Apelaciones Accidental
ABG. DARCY LORENA SANCHEZ NIETO
JUEZA SUPERIOR PROVISORI.....